Una de las importantes diferencias existentes entre la Constitución vigente y la de 1998, es la de haber incorporado el concepto de régimen de desarrollo, que trasciende la mera noción económica. Así, la actual Constitución en su artículo 275 caracteriza al régimen de desarrollo como el conjunto organizado, sostenible y dinámico de los sistemas económico, político, socio-cultural y ambiental, que garantizan la realización del concepto del buen vivir, concepto que el mismo texto constitucional integra sobre la base del ejercicio de los derechos al agua y la alimentación, al ambiente sano, a la comunicación e información, a la cultura y la ciencia, a la educación, al hábitat y la vivienda, a la salud, y al trabajo y la seguridad social. Se aproximan, de esta... |