A pesar de que la patente de Ayahuasca se escapa de la competencia de la Convenci??n de Diversidad Biol??gica, ??sta ha sido calificada como resultado de la biopirater??a en el sentido que se aprovech?? una fuente natural de compuestos qu??micos con fines de lucro cuyos posibles beneficios ser??an gozados ??nicamente por el patentor. Molesta la idea que, debido a la voracidad comercial, alguien pueda apropiarse de lo ajeno de forma ileg??tima para obtener ganancias millonarias y contribuya al desarrollo de los pa??ses industrializados con transferencia de capitales. |